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8 - 9 de noviembre, Teatro Cervantes de Abarán
           
         Lugarl
Primer Congreso turístico cultural  "Valle de Ricote"
HISTORIA
Pero no será hasta el 25 de marzo de 1281
(***) cuando Abarán entre en la historia. La muerte del
primogénito de Alfonso X y el subsiguiente derecho a la corona de los Infantes de la Cerda, no fue del
agrado del príncipe don Sancho que se rebeló. Quedando fieles a Alfonso X solo Sevilla y Murcia. Es
entonces cuando Sancho IV, por el documento dado en Agreda, promete a la Orden de Santiago por la
ayuda que esta había prestado, el Valle de Ricote "....et con Fauaran......." . Promesa confirmada en
Sevilla cuatro años mas tarde.

Tras la muerte de Sancho IV y aprovechando la minoría de edad de Fernando IV, Jaime II de Aragón
se apodera de casi todo el reino de Murcia, alegando la donación que de el había hecho el Infante don
Alfonso de la Cerda. En mayo de 1296 se apodera del valle en una rápida incursión. Y aunque en
principio lo deja en la Orden de Santiago, en 1303 cede Blanca, Abarán y otros lugares al caudillo
magrebí Al-‘Abbas I bn Raho. Pero en 1304 se reintegra a Castilla y a la Orden.

El siglo XV está lleno de debates civiles entre las familias mas poderosas del reino y entre éste y el reino
nazarita de Granada. Hacia 1414 la aljama de Abarán sostiene un importante pleito con Cieza por
cuestiones de pastos en la Sierra del Turbedal, el cual duraría hasta 1420. Otro hecho importante de
este periodo es la entrada asolando el Valle que hizo el Rey Chico de Granada, en los días de finales de
1450 y primeros de 1451, destruyendo además Molina, Alguazas, Cotillas, Librilla, y otros lugares.

Los cambiantes y continuos periodos de paz y de guerra entre los reinos de Granada y Murcia durante
la mayor parte del siglo XV, tuvo como hito destacado la gran cabalgada que llevó a cabo el rey nazarí
Muley Abulhasán en los primeros días abril de 1477, en que con una impresionante fuerza de 4.000
hombres a caballo y 30.000 infantes, entrando en la zona de Caravaca se presento en Cieza el día 5,
asolando dicha desprevenida villa, arrasando el cortijo y llevándose cautiva la mayor parte de la
población y cierto número de vecinos de Murcia que allí se habían refugiado huyendo de la peste. Dos
días más tarde pasó por el Valle de Ricote trasladando a todos sus moradores. Pero el viaje a tierras
granadinas no colmó las apetencias de los que se fueron, antes bien, pocos días después ya estaban
deseando regresar, por lo que dirigieron una carta a la reina Isabel de Castilla solicitándole amparo y
seguro para volver a su tierra.

Petición que les fue concedida por carta dada en Trujillo el 23 de junio de aquel año, y se mandó
pregonarla por plazas y mercados de ciudades y villas para que nadie les pusiese impedimento bajo
multa de 10.000 maravedies; pero las condiciones no eran lógicamente propicias como se de la
condición impuesta por Murcia ante Luis Manrique, Comendador de Ricote, quien en Murcia el 30 de
julio dio fe de que él o Juan Nuñez de Astudillo, su mayordomo, haría justicia a los que demandasen
quejas de los vecinos de su valle.

Todos esos inconvenientes, harían que los retornados fuesen muy escasos, y aun mas en el caso de
Abarán por su proximidad con la escaldada Cieza, por lo que parece que continuó abandonado por
algunos años. Al menos hasta que se produce el hecho relevante del otorgamiento de la Carta Puebla.

Derivado del forum latino, durante la época medieval los reyes y señores dieron a las ciudades y
pueblos unas disposiciones o leyes que recibieron el nombre de fuero, en los cuales se establecían unas
normas jurídicas. Cuando se concedía para un sólo pueblo a fin de que se aplicara estrictamente en la
esfera local se denominaba pactum.

Pero cuando era el señor solariego el que expedía este tipo de fuero, haciéndose mención expresa al
dominio territorial que aquel se reservaba sobre tierras y pobladores, el documento recibía el nombre de
Carta Puebla, que en definición de Galo Sánchez, es la que fija las condiciones de los que vayan a
establecerse en él. Era una especie de contrato agrario colectivo entre el señor del territorio y los
pobladores, distinguiéndose del fuero en que aquí lo que predomina es el elemento económico.

En el caso de Abarán, aunque el hecho sea uno sólo, la base documental está recogida en varios escritos
otorgados en fechas distintas, y que sucesivamente son:

  
        1.Capitulación y asiento entre Juan Vázquez, alcaide de la fortaleza de Ricote y algunos moros
          de Hellín.
        2.Primera Carta Puebla, otorgada por Suero de Cangas, como procurador y mayordomo de
          Rodrigo de Ulloa, comendador del valle de Ricote, y 18 moros vecinos de Hellín, expedida
          en Murcia a 19 de octubre de 1482.
        3.Repartimiento de suertes, heredades y casas, así como de regadío como de secano efectuada
          por Juan Vazquez.
        4.Segunda Carta Puebla, o documento ratificador con algunas modificaciones de la carta
          puebla otorgada en Murcia en fecha anteriormente citada. Este último documento está dado
          en Blanca el 25 de septiembre de 1483.
        5.El Maestre de la Orden de Santiago don Alonso de Cardenas confirma el anterior documento
          en nombre de la Orden, estando el Campamento Real establecido en la cerca de Baza el 3 de
          agosto de 1489.
        6.Varias confirmaciones posteriores de diversos reyes entre las cuales podemos citar la del los
          Reyes Católicos, en Tordesillas, el 6 de junio de 1494, y otras posteriores del emperador
          Carlos I, en Valladolid a 31 de junio de 1523, y de Felipe II en San Lorenzo de El Escorial
          en primero de agosto de 1573.

Tónica general de las repoblaciones efectuadas el siglo XV en el reino de Murcia, salvo los casos de
Calasparra y Cotillas, es que lo fueron a base de mudéjares; dándose el caso curioso de que el mismo
Ricote, a pesar de ostentar la capitalidad del territorio, de residir el alcaide y algunos cristianos, e incluso
de poseer alguna especie de templo cristiano, también lo fue por mudéjares, los cuales eran gobernados
por su alcalde, alfaquí y viejos de la aljama.

Los mudéjares que procedentes de Hellín vinieron a poblar Abarán, serían hombres sencillos y
laboriosos. Artesanos unos y labradores otros, quienes, en común, podían llevar adelante la misión de
poner en marcha un pueblo y prestar los servicios de casi todo tipo que fueren necesarios. Fueron 20
familias las que repoblaron este pueblo, varias de ellas estaban emparentadas entres sí. Sus nombres
merecen ser recordados:

Ibrahim Pagna; Abd Allah Pagna; Selin Molina; Alï Molina; Alï Molina (primo de los anteriores);Hamed
Gomez; Sen Gomez; Alfaras Precioso; Ibrahim Yelo; Hamed Yelo; Abd Allah Tornero; Alï Cobarro;
Hamed Ramón; Alï Gomez; Harum Gomez; Hamed Al-Ridä; Alï Sarquï; Abd Allah Sarquï; Mohamed
Yelo; Azem Cantarero. Es indudable que con tales apellidos, nadie puede dudar de que aquí están las
raíces abaraneras. Pues incluso alguno de tales apellidos no hace tantos años que desaparecieron,
generalmente por vía cognada, es decir por descendencia femenina.

Las condiciones de reparto nos son totalmente desconocidas, al no haberse conservado, que sepamos,
copia alguna del Libro de Repartimiento; no obstante, es fácil deducir que se hicieron lotes más o
menos equivalentes, y que una vez deslindado el territorio, los lotes se adjudicaron por suertes.
Igualmente se desconoce si hubo alguna reserva de tierras para posteriores repartos. Lo que si se
reservó fue cierto territorio a modo de dehesa concejil donde todos los vecinos comunalmente pueden
hacer uso de él, para pastos, leña y demás necesidades comunes, y esto es así porque en el siglo XVIII
el concejo repartió tierras a algunos nuevos pobladores.

En cuanto al régimen foral no se contempla en la Carta Puebla capítulo alguno que trate sobre ello,
aunque al estar englobado el territorio dentro de otro más amplio, lo lógico es que se gobernase por los
mismos principios. Lo que si se hace es constituir inmediatamente la aljama, pues así se hace mención
en el documento otorgado en Blanca. Los vecinos habían pues de regirse por las propias leyes de la
aljama. Cabezas visibles del ordenamiento eran el alfaquí (o doctor de la ley) y el xeque (o alcalde),
auxiliados por los viejos hombres buenos, jurados y el almotacén o mustaçaf

El tiempo mínimo de vecindad es lo que sí queda estipulado claramente; 10 años. El cambio de
vecindad supondría la pérdida de los bienes y casa construida, o caso de no haberla edificado, una pena
de 5.000 maravedíes. En las tierras donadas podían cultivar lo que quisieran pagando el oportuno
diezmo a la Orden. El incumplimiento de dichas condiciones antes de pasados diez años estaba penado
para ambas partes con multa de cien castellanos.

                                  Evolución demográfica.

La repoblación de moros hellineros arraigó con fuerza en Abarán. Tal es así que pudo incluso
desprenderse de nueve familias que marcharon a repoblar Villanueva. Y ello gracias a que no afectó la
epidemia de peste de 1489 que tantos muertos causó en Murcia. No obstante, en 1495 se quejaba la
aljama de que algunos se iban por los numerosos pechos que les exigía la Orden y porque les trataba
mal.

A lo largo del siglo XVI la población se quintuplica: 30 en 1507; 60 en 1526; 100 en 1549; y 147 en
1596. El siglo XVII no empezó con perores perspectivas, en 1609 ya eran 171 vecinos, pero la terrible
expulsión de moriscos en diciembre de 1613 produjo una verdadera hecatombe de todo tipo. El censo
realizado por Salazar en 1610 daba para Abarán la cifra de 166 familias de moriscos y sólo 5 de
cristianos viejos. No obstante fueron muchos los que se quedaron y muchos más los que se volvieron
después de la expulsión. A partir de ese momento las cifras demográficas son muy bajas, hasta
situarnos en 1713 con tan solo 73 vecinos.

                       La Iglesia Parroquial y la evolución religiosa:

Gracias a los libros de visitas que enviados de la Orden de Santiago realizaban regularmente por todo el
territorio hemos podido ir conociendo la evolución tanto del templo parroquial como la de los vecinos
en su aspecto religioso.

En un primer momento y como es natural se alzó una mezquita de pobres materiales, pero cuando en
1501 se produjo la conversión general al cristianismo, a petición de Fernando el Católico y por Bula del
Papa Julio II, dicho edificio fue transformado en templo católico dedicado a San Pablo. Era una casa
pequeña con tejado a dos aguas sobre dos pilares de yeso, a cargo del clérigo y capellán Fr. Hernando
de Aroca, de la Orden de San Pedro, que a la vez atendía el servicio de Blanca. Lo primero que se hizo
fue pintar unas imágenes en papel, pero en 1507 se dispuso se hiciese un sagrario de yeso a la mano
izquierda del altar y que cuando cesase la epidemia de peste en Murcia se encargase una pila de
bautizar; también, que el alcaide de Ricote diese una caja de plata para guardar el Santísimo.

La provisionalidad quedó pronto zanjada a petición del comendador Miguel de Almazán, quien pidió a
la Santa Sede que dispusiese de curas propios para las iglesias del valle. A tal fin, por bula de 1505 se
crearon los curatos y por decreto de 1508 se dispuso un sueldo para el párroco de Abarán de 60
ducados de oro.

Aquel pequeño templo era insuficiente ya en 1511, por lo que los visitadores dispusieron que se hiciese
uno nuevo en el Cerro de la Era, a poniente de la población, por no haber posibilidad de edificar uno
mas grande en el solar donde estaba. Dicha iglesia había de ser de 20x45 pies con tres arcadas
sostenidas sobre dos arcos de molduras labradas de yeso y los cuatro faciales de tapiería de madera de
siete tapias de alto. La cubierta había de ser de madera de pino cepillada y bien labrada con tejido de
teja y caña sobre lechada de yeso. Todo ello sobre un buen cimiento de cal, arena y piedra de tres
palmos y medio y la tapia de dos y medio. Acabado esto una capilla y un portal delante de la iglesia a
un costado de ella. En cuanto a la portada había de ser labrada con sus puertas cerradura. La
construcción quedaba a partes iguales para la fábrica parroquial y el concejo. A finales de 1515 dicha
iglesia estaba ya prácticamente terminada y se reiteró al alcaide de Ricote el traerla caja de plata para
poner el Santísimo ya que no había sagrario por residir el párroco en Blanca.

Dicha iglesia fue construida por maestre Pedro en 16000 maravedies y en 1526 se dispuso para ella
hacer nuevas mejoras. Pero hasta 1541 no tuvo Abarán cura propio y este lo fue Martín Gómez, vecino
de Ocaña. El templo no sería ampliado hasta el siglo XVIII.



                                       Vida Concejil:

Con la conversión de los mudéjares al cristianismo y el bautizo de sus habitantes en 1501, el pueblo
deja de regirse por la aljama y viejos del lugar, constituyéndose el concejo con dos alcaldes ordinarios y
dos regidores. Pero tal concejo es prontamente combatido por la Orden que no reconoce a las distintas
villas, sino un único concejo en Ricote y cinco lugares o aldeas dependiendo del mismo ayuntamiento
de Ricote, aunque con dos regidores cada uno. Se siguen entonces diversos pleitos ante el Consejo de
Ordenes, con dispares resultados pues unas veces son adversos y otras favorables. Ello dio lugar en
1517-8 a un levantamiento antiseñorial que motivó, a petición del comendador Enríquez, el envío de un
comisionado regio con amplios poderes, por Real Provisión dada en Valladolid el 14 de diciembre de
1517. Se trataba del doctor Alonso Carrillo, Juez de Residencia, quién tras actuación sumaria condenó a
15 personas en penas monetarias que sumaron costas aparte 128.240 maravedies.

Al final, los lugares quedaron como villas con vida municipal propia hasta que una cédula de Felipe II
de 8 de febrero de 1566, creaba nuevas gobernaciones con sumos poderes entre ellas la de Caravaca, a
la que pasaron a depender como aldeas todas las villas del Valle de Ricote.

Ante los numerosos perjuicios y desafueros que ello ocasionó la quejas fueron innumerables, por lo que
otra cédula dada en San Lorenzo el 5 de Abril de 1587 dio comisión a Diego del Aguila para ir por las
villas y lugares de las Ordenes de Calatrava, Alcántara y Santiago, a tratar sobre la restitución de las
jurisdicciones en primera instancia.

El 21 de octubre de 1588 llegó Diego de Aguila a Abarán, acompañando por Alonso de Coca como
escribano de la comisión, reuniéndose inmediatamente con el alcalde Cosme Juan de Durán y el regidor
Hernando Yelo, llegándose prontamente a un acuerdo de volver a la jurisdicción de Villanueva de los
Infantes pagando por ello a su Majestad la cantidad de 1350 ducados, equivalentes a 506.250
maravedies; pagaderos en cuatro plazos y cuatro años.

El concierto se aprobó en Madrid el 11 de noviembre por cédula de su Majestad, mientras en otra Real
Cédula daba licencia al pueblo para efectuar un reparto sin distinción de clérigos ni nobles. Los efectos
fueron fulminantes, y el 7 de diciembre de aquel mismo año, estando en Caravaca Diego del Aguila
ordenó al Gobernador devolver la jurisdicción en primera instancia y los procesos y presos que tuviese.

En varias ocasiones posteriores Caravaca intentó de nuevo recuperar la jurisdicción y hubo que efectuar
nuevos desembolsos económicos para inclinar al monarca a que las cosas quedasen como estaban.

                                    Luis Lisón Hernández



                          Conferencia pronunciada el 21 de Abril de 1994







(***) Nuevas investigaciones hablan del año 1244

SECRETARÍA DEL CONGRESO:
Mancomunidad de Municipios del Valle de Ricote
C/ Argentina, s/.n . 30600 ARCHENA

Teléfono:                    968 674738.
Fax:                              968  672967.
Correo electrónico: info@valledericote.com
Web:                            http: www.valledericote.com

ABARÁN

SITUACIÓN
La Villa de ABARAN está situada el norte-noroeste de Murcia Capital, a 38 Km. por la CN-301,
separada de ésta 4 Km. por la comarcal MU-512, a la que se accede desde la salida del P.K. 360 de la  N-301. Dista 364 Km de Madrid y 106 de Albacete. Tiene un a población de unos 12.000 habitantes y está a  una altitud de 177 m snm.   

Es un Municipio de la Región de Murcia. Pertenece a la comarca del río Segura que ocupa una posición central en el conjunto regional. Forma parte del histórico valle de Ricote. Tiene una extensión de 115,38 km2 que representa en el total regional el 1,02 %. Limita al N con el municipio de Jumilla, al 0 con el de Cieza, al S con Ricote y Blanca y al E con este último y Fortuna. Dista de la capital regional 40 km. Medio físico-natural: el término municipal oscila entre los 925 y  200 m. La altitud media es de 400 m. Su paisaje es accidentado, con    una topografía muy complicada, producto de una tectónica igualmente compleja. El relieve marca una clara disimetría en el territorio municipal. Al S de mismo se localiza la sierra del Oro, que comparte con los municipios más próximos. Al N del municipio se localiza la  vertiente noroccidental de la sierra de la Pila. El cauce de agua principal que recorre el municipio en una estrecha franja de N a S es el río Segura. A él vierten las aguas de las sierras que se encuentran a  ambos lados del valle. Por su margen izquierda destaca la rambla de Benito procedente de la sierra del Oro y, por su margen derecha, la rambla del Moro, de gran longitud, procedente de la sierra de la Pila y otras sierras del término municipal de Jumilla.
LUGAR DE CELEBRACIÓN:
TEATRO CERVANTES DE ABARÁN y CENTRO CULTURAL